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Informe sobre Horarios Ampliados de Negociación de IOSCO

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Octubre 2026

El informe de IOSCO de mayo de 2026 sobre los Horarios Ampliados de Negociación ofrece una visión global de esta práctica en los mercados de renta variable. Iniciado en marzo de 2025, examina las implicaciones regulatorias y de mercado de las iniciativas para ampliar los horarios de negociación de acciones en distintas jurisdicciones. Las estructuras de la jornada bursátil difieren entre jurisdicciones y centros de negociación, y el informe señala que los horarios de negociación suelen fijarse en los reglamentos y la documentación técnica de los centros de negociación, en lugar de en un marco regulatorio uniforme. Donde existen sesiones ampliadas, estas suelen introducirse por iniciativa de los centros de negociación, con una evaluación regulatoria posterior, y no mediante un mandato regulatorio.

Partiendo de esta base, IOSCO describe un panorama de mercado fragmentado y desigual, más que un cambio global hacia ventanas de negociación más amplias. El interés en una ampliación de horarios está impulsado principalmente por inversores minoristas, mientras que el interés institucional sigue siendo limitado. El documento examina no solo dónde existen sesiones ampliadas, sino también su motivación y la medida en que se recurre a los marcos regulatorios existentes para regularlas.

El informe también señala que los mecanismos de compensación y liquidación siguen generalmente alineados con el horario de negociación ordinario, mientras que la transición continua hacia ciclos de liquidación más cortos, incluido T+1, forma parte del contexto dentro del cual se están evaluando los futuros desarrollos. IOSCO concluye que, por el momento, no ha identificado riesgos sistémicos ni riesgos transfronterizos materiales atribuibles a la negociación de acciones en horario ampliado. No obstante, considera oportuno mantener un seguimiento si los horarios de negociación continúan ampliándose o evolucionan los patrones de participación, y anima a las jurisdicciones a seguir monitorizando las posibles implicaciones transfronterizas.

¿Cómo define IOSCO los horarios ampliados de negociación y cuál es el alcance de la revisión?

El informe se plantea como una revisión descriptiva y factual, y no como un nuevo instrumento normativo. El objetivo es crear un punto de referencia común entre jurisdicciones en las que las estructuras de la jornada bursátil, los modelos de negociación y los marcos regulatorios no son uniformes.

A efectos de la revisión, IOSCO distingue entre «horario habitual de negociación», «sesión de preapertura», «sesión posterior al cierre» y una categoría amplia de «sesiones de negociación en horario ampliado». En términos prácticos, el horario habitual de negociación se refiere a la sesión principal utilizada como referencia para la comparación; la sesión de preapertura se refiere a la negociación anterior al inicio de dicha sesión; la sesión posterior al cierre se refiere a la negociación realizada una vez finalizada la sesión ordinaria; y las sesiones de negociación en horario ampliado engloban toda negociación realizada fuera de la sesión ordinaria, incluidas las sesiones de preapertura y posteriores al cierre y, cuando proceda, otras ventanas de negociación nocturna.

El informe también aclara cómo se regulan los horarios de negociación en las jurisdicciones analizadas. El diseño operativo de la jornada de negociación suele estar integrado en normas y sistemas propios de cada centro de negociación, en lugar de responder a un único modelo regulatorio estandarizado a nivel global.

¿Qué patrón de mercado identifica el informe y qué impulsa el interés por ventanas de negociación más largas?

IOSCO describe un patrón de mercado desigual, más que una tendencia global única hacia jornadas de negociación de renta variable más largas. Según el informe, durante los últimos cinco años los cambios en los horarios de negociación de acciones se han producido principalmente en los centros de negociación, mientras que los marcos regulatorios han permanecido en gran medida inalterados. Esta combinación sugiere que los desarrollos observados responden a decisiones operativas y comerciales dentro de estructuras ya existentes, y no al resultado de una redefinición regulatoria.

Este patrón pone de manifiesto un panorama fragmentado. Algunos centros han explorado o implantado periodos más extensos de negociación en la preapertura, posterior al cierre o negociación nocturna, mientras que otros no lo han hecho. IOSCO no considera esta evolución como una tendencia internacional coordinada. Por el contrario, en la negociación en horario ampliado la estructura local del mercado, la demanda y la estrategia de cada centro de negociación dan lugar a resultados diferentes. Por ello, el informe pone el acento en la diversidad de enfoques de adopción y organización, más que en una convergencia hacia un modelo único.

En cuanto a la demanda, el interés por ampliar los horarios de negociación está impulsado principalmente por inversores minoristas, mientras que el interés institucional continúa siendo limitado. Entre los factores asociados a dicho interés se encuentran la conveniencia de la negociación en horario vespertino, la alineación con los horarios de los mercados globales y la existencia de otras clases de activos, como las criptomonedas, que se negocian las 24 horas del día. Esta diferencia sugiere que la base de usuarios que respalda ventanas de negociación más extensas puede no reflejar la composición de participantes que normalmente sustenta la liquidez y la formación de precios durante la sesión ordinaria.

El informe describe que los centros de negociación están probando ventanas de negociación más amplias dentro de marcos regulatorios estables, mientras que la demanda continúa diferenciándose entre grupos de inversores. Más que una simple ampliación del horario de negociación, la extensión de las horas de mercado implica un cambio en el momento y en las condiciones en que se desarrolla la actividad negociadora.

¿Qué indican las pruebas sobre la actividad, la liquidez y la ejecución fuera del horario habitual?

La evidencia empírica del informe es heterogénea, con un crecimiento en algunos indicadores de preapertura entre 2020 y 2024. Para cuatro centros de negociación, el valor medio negociado durante las sesiones de preapertura aumentó del 0,07 % en 2020 al 1,07 % en 2024. Los datos de reguladores muestran que el volumen medio diario negociado en las sesiones de preapertura aumentó del 1,35 % a aproximadamente el 1,88 % durante el mismo periodo. Estas cifras indican que la actividad fuera de la sesión principal ha aumentado en algunas partes de la muestra, aunque el volumen de la negociación en preapertura no se aproxime a la escala o a la calidad de la actividad durante la sesión ordinaria.

Los datos del periodo posterior al cierre son menos claros. Aunque los datos agregados apuntan a una ligera disminución de la actividad entre 2020 y 2024, la exclusión de un centro de negociación que opera exclusivamente en este periodo revela un crecimiento moderado. Por tanto, el informe considera que las tendencias observadas en el periodo posterior al cierre son más heterogéneas y más sensibles a la composición de la muestra que los datos relativos a la preapertura.

A pesar de la evidencia de crecimiento de la actividad en algunos segmentos, la conclusión de IOSCO sobre la calidad de mercado es coherente: la negociación fuera del horario habitual se caracteriza por una menor liquidez y por diferenciales de compra-venta más amplios. El informe refuerza esta conclusión con ejemplos de los propios centros de negociación sobre volatilidad y condiciones de ejecución. Como ejemplo, se indica que un centro de negociación brasileño informó de una diferencia de volatilidad del 45,8 % entre el horario ordinario y el horario fuera del horario habitual durante el periodo comprendido entre marzo y octubre de 2025. Por su parte, un centro de negociación estadounidense informó de que los diferenciales consolidados posteriores al cierre y previos a la apertura fueron, respectivamente, diecinueve y treinta y tres veces superiores a los observados durante el horario ordinario en el tercer trimestre de 2025. Estos ejemplos se presentan como ilustraciones de los tipos de fricciones que pueden surgir cuando la negociación tiene lugar en condiciones de menor profundidad y liquidez. Por ello, la formación de precios adquiere especial relevancia fuera de la sesión ordinaria, en un entorno caracterizado por una menor liquidez y distintas condiciones de ejecución.

IOSCO también cita material de apoyo de fuentes externas, aunque con un papel secundario respecto a la encuesta. Un estudio de Eaton et al.1 concluyó que el 12,8 % del volumen de acciones y el 4,2 % de las ejecuciones de operaciones tuvieron lugar fuera del horario habitual de negociación durante el periodo analizado, mientras que un informe de BlackRock2 concluyó que los diferenciales de compra-venta cotizados de determinados ETF iShares negociados en BOATS eran, de media, casi diez veces más amplios durante la noche que durante el horario ordinario. Estas referencias respaldan la idea general del informe: unas ventanas de negociación más amplias pueden atraer un volumen de actividad medible, pero ello no elimina las diferencias persistentes en liquidez, calidad de ejecución y formación de precios fuera de la sesión ordinaria.

1 Eaton, Gregory W. and Shkilko, Andriy and Werner, Ingrid M., Nocturnal Trading (December 19, 2025). Fisher College of Business Working Paper No. 2025-007 https://ssrn.com/abstract=5181159 or http://dx.doi.org/10.2139/ssrn.5181159

2 Blackrock Investments, LLC (2025). Market Spotlight: 24 Hour Trading Implications for markets and investors: https://www.blackrock.com/corporate/literature/whitepaper/blackrock-market-spotlight-24hour-trading.pdf

¿Qué salvaguardias, limitaciones operativas e implicaciones transfronterizas destaca IOSCO?

IOSCO presenta la negociación en horario ampliado como una actividad que depende en gran medida de controles prácticos relacionados con el diseño de las sesiones y la preparación operativa. El informe también señala que la forma en que se estructuran las transiciones entre las distintas sesiones de negociación constituye un elemento importante de ese marco. Según el informe, estas transiciones suelen apoyarse en precios de referencia y en periodos de amortiguación temporal, con ejemplos de entre 5 y 20 minutos, destinados a mitigar movimientos bruscos de precios y permitir la realización de comprobaciones de back office y de supervisión. En este sentido, las salvaguardias se presentan como herramientas operativas destinadas a facilitar una negociación ordenada cuando los mercados pasan de una sesión de negociación a otra. El informe señala asimismo que estos mecanismos son relevantes para garantizar la estabilidad y resiliencia de las sesiones ampliadas de negociación, especialmente en situaciones de mercado con mayor volatilidad y menor profundidad.

La capacidad operativa constituye otro tema recurrente. Once centros de negociación comunicaron dificultades significativas para captar y retener personal cualificado fuera de los horarios habituales. Unas ventanas de negociación más amplias pueden requerir una cobertura reforzada de las actividades de vigilancia, soporte tecnológico adicional, funciones de control y continuidad operativa del back office en franjas horarias en las que puede resultar más difícil disponer de recursos. El informe presenta las limitaciones de personal y de recursos humanos como parte integrante del entorno de gestión de riesgos que rodea a las sesiones ampliadas.

IOSCO observa que los mecanismos de compensación y liquidación continúan generalmente alineados con el horario ordinario de negociación. El informe también identifica la transición a ciclos de liquidación más cortos, incluido T+1, como un factor relevante en el contexto de la negociación en horario ampliado.

En materia de transparencia, IOSCO afirma que muchos reguladores y centros de negociación con sesiones ampliadas indicaron que los requisitos de transparencia pre-contratación y post-contratación son los mismos que durante las sesiones ordinarias de negociación. Esto sugiere que, en numerosas jurisdicciones, el enfoque consiste en aplicar o ampliar los marcos existentes de integridad de mercado y de divulgación de información, en lugar de crear un régimen de transparencia diferenciado exclusivamente para la negociación en horario ampliado. El informe apunta que la lógica regulatoria predominante es la continuidad con el marco aplicable a la sesión ordinaria.

Desde una perspectiva transfronteriza, hasta la fecha, la negociación en horario ampliado no ha dado lugar a riesgos sistémicos ni a riesgos transfronterizos materiales. Esta conclusión se basa exclusivamente en la evidencia observada y no excluye la posibilidad de que surjan problemas en el futuro. Por este motivo, el informe también subraya la importancia de mecanismos de coordinación como el Memorando Multilateral de Entendimiento de IOSCO y el Memorando Multilateral de Entendimiento Reforzado

Enlaces de interés:

OR/06/2026 Extended Trading Hours

Este artículo es un resumen no oficial de un documento público redactado por IOSCO y no refleja necesariamente la posición oficial de la CNMV, sus directivos o resto del personal sobre las materias objeto de este documento.

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