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Programa de Trabajo sobre Convergencia Supervisora 2016 de ESMA. Mayo 2016.

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Una vez completada la mayor parte de la aportación que ha correspondido a ESMA prestar en relación con los desarrollos normativos que han sido necesarios para llevar a cabo la reforma normativa concebida como reacción a la última crisis, fundamentalmente, mediante su contribución al código normativo único, o “single rule book” en inglés, esta Autoridad ha decidido reorientar su actividad y dar un mayor impulso a la convergencia supervisora, es decir, a potenciar una aplicación coherente, eficaz y efectiva de la normativa mediante una supervisión sólida, eficiente y consistente que evite el arbitraje normativo.

Para ello, ESMA tiene pensado dotarse de un Programa de Trabajo sobre Convergencia Supervisora (“Supervisory Convergence Working Plan”) anualmente. El primero de ellos, para este año, fue aprobado en la pasada reunión de la Junta de Supervisores de enero. Además, este Programa se integra en el Programa de Trabajo Anual de ESMA y responde a los principios que aparecen recogidos en la Orientación Estratégica aprobada para el período 2016-2020. Las áreas que se han determinado como prioritarias en el ámbito de la convergencia supervisora para el año 2016 son las siguientes: a) prepararse para la aplicación y supervisión de MiFIR II/MiFIR; b) acabar los desarrollos informáticos que requiere MiFID II/MiFIR; c) facilitar la supervisión de los mercados de derivados extrabursátiles y de las entidades de contrapartida central europeas; y d) apoyo al Plan de los Mercados de Capitales de la Unión Europea.
El Reglamento (UE) Nº 1095/2010, por el que se establece ESMA, considera que una parte importante de su contribución para alcanzar estos objetivos debe consistir, por un lado, en garantizar la aplicación coherente, eficiente y efectiva de las normas aplicables a los mercados de valores y, por otro, en impulsar activamente la convergencia de la supervisión en la Unión.

Hasta este momento, la importante reforma normativa con la que las Autoridades han dado respuesta a la última gran crisis financiera, ha hecho necesario que ESMA, durante los primeros años de su existencia, se haya centrado, fundamentalmente, en ejercer su papel normativo mediante la formulación de propuestas de normas técnicas, la elaboración de asesoramientos técnicos para la Comisión Europea o la adopción de directrices. Pero una vez completados la mayor parte de estos desarrollos, ESMA está decidida emplear sus recursos en fomentar una cultura de supervisión común.

De hecho, ya en la evaluación que ESMA recibió de la Comisión Europea en agosto de 2014, esta institución aunque reconoció la importancia de dotarse de un código de normas único, a su vez, destacó la necesidad de que esta Autoridad comenzase a centrarse en mayor grado en la convergencia supervisora durante los próximos años, como paso necesario para la aplicación uniforme de la normativa en todos los Estados miembros.

Uno de los principales instrumentos de los que ha hecho uso ESMA, hasta ahora, para controlar el nivel en que los Estados miembros convergen ha sido las evaluaciones inter pares, también conocidas por su nombre en inglés “peer reviews”. Éstas tienen por objeto no sólo la evaluación del grado de convergencia de las prácticas de supervisión, sino también la capacidad de los supervisores de lograr resultados de supervisión de elevada calidad, así como la independencia de dichas autoridades competentes.

Estas evaluaciones inter pares han sido realizadas, hasta ahora, en el seno de un grupo de trabajo denominado “Review Panel”. Pero como consecuencia de la relevancia que ESMA pretende prestar al tema de la convergencia supervisora, este grupo se ha disuelto para integrarse en otro con mayor número de funciones e importancia, el cual recibe el nombre de Grupo de Trabajo de Convergencia Supervisora, en inglés “Supervisory Convergence Standing Committee” (en adelante, SCSC). Las tres líneas de trabajo encomendadas al SCSC son: a) una relacionada con el nuevo Programa de Trabajo sobre Convergencia Supervisora; b) otra sobre instrumentos de convergencia; y c) la última sobre las evaluaciones inter pares.

Además, como ya se ha comentado, ESMA ha decidido articular sus compromisos en materia de convergencia supervisora para el año entorno al denominado Programa de Trabajo sobre Convergencia Supervisora. El objetivo es conseguir que las reglas de juego sean similares para todos los que participan en los mercados de capitales y, de esta manera, evitar el arbitraje normativo.

Para su redacción, esta Autoridad ha tenido en cuenta para el año 2016 el marco normativo, la situación del mercado, los instrumentos de convergencia de los que se puede hacer uso y las prioridades supervisoras de las Autoridades nacionales competentes.

El Programa enumera los temas relacionados con la convergencia supervisora en los que trabajarán cada uno de los grupos de trabajo de ESMA, así como los instrumentos de convergencia de los que se servirán.

Para la selección de los temas se han tenido en cuenta los siguientes criterios: a) el impacto de la eficacia supervisora en la protección del inversor y la estabilidad e integridad financiera; b) el valor añadido de la acción; c) el incremento de la eficiencia; d) el potencial de cambio; e) la importancia que tiene para las Autoridades nacionales competentes; y f) la viabilidad en función de los recursos.

En cuanto a los instrumentos de convergencia, éstos son, o bien, los que aparecen recogidos expresamente en el Reglamento de ESMA, o los que ésta ha desarrollado haciendo uso de la facultad genérica que aparece recogida en el artículo 29.2. En cualquier caso, esta Autoridad distingue entre los siguientes instrumentos de convergencia: a) de preparación, en la medida en que facilitan la aplicación de las normas; b) de implementación, por estar relacionados con la supervisión; y c) de valoración, al servir para evaluar la supervisión y la evolución de los mercados. El Programa prevé un mayor uso de los instrumentos de implementación para el año 2016, dado el nivel actual de desarrollo de la normativa.

A continuación, se recoge una relación de las principales actuaciones en las que se emplearán los distintos grupos de trabajo a lo largo del año 2016:

CONTABILIDAD EMPRESARIAL –Corporate Finance Standing Committee (CFSC)-: a) terminar la evaluación inter pares sobre folletos y compartir las buenas prácticas; b) celebrar “workshops” sobre folletos; y c) realizar un estudio temático sobre la notificación de participaciones significativas.

INFORMES CORPORATIVOS –Corporate Reporting Standing Committee (CRSC)-: a) realizar una evaluación inter pares sobre las directrices relativas al cumplimiento de información financiera; b) realizar una evaluación sobre las prioridades de cumplimiento con relación a los estados financieros de 2015 y declarar las de 2016; y c) publicar declaraciones sobre los IFRS 9 y 15.

INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA –Investment Management Standing Committee (IMSC)-: a) estudiar las responsabilidades del Estado miembro de origen y las del Estado miembro de acogida con relación a los pasaportes (UCITS y AIFMD); b) realizar actuaciones coordinadas en el ámbito del closet-index; y c) adoptar directrices relativas a la remuneración en el ámbito de UCITS.

PROTECCIÓN AL INVERSOR –Investor Protection and Intermediaries (IPSC)-: a) elaborar desarrollos de MiFID II/MiFIR (gobierno de productos, grabaciones telefónicas, entre otros); b) realizar un seguimiento de las evaluaciones inter pares sobre mejor ejecución y documentación informativa; y c) continuar con los trabajos sobre la publicidad y venta de los contratos financieros por diferencias.

INTEGRIDAD DEL MERCADO –Market Integrity Standing Commitee (MISC)-: a) elaborar desarrollos de MAR/MAD; b) redactar opiniones sobre las prácticas de mercado aceptadas; c) terminar la infraestructura informática necesaria; y d) coordinar una actuación consistente en temas de abuso de mercado.

POSNEGOCIACIÓN –Post trading Standing Commitee (PTSC)-: a) promover una supervisión consistente de las entidades de contrapartida central; b) asegurar una aplicación consistente de los requisitos EMIR; c) mejorar la calidad de la información de los registros de operaciones; y d) asegurar una aplicación consistente de la normativa sobre depositarios centrales de valores.

MERCADOS SECUNDARIOS –Secondary Markets Standing Committee (SMSC)-: a) participar en la puesta en marcha de la nueva micro-estructura de mercado derivada de MiFID II/MiFIR; b) implementar el sistema de límites de posiciones en derivados sobre materias primas; y c) preparar opiniones sobre excepciones a la aplicación de requisitos de pre-transparencia.

INFRAESTRUCTURA –Infrastructure IT-: desarrollo de los sistemas informáticos que requiere la aplicación de MiFID II/MiFIR/MAR.

TEMAS HORIZONTALES: el SCSC llevará a cabo una evaluación inter pares sobre la Directrices relativas al cumplimiento de normas financieras. También otra sobre las directrices relativas a la función de cumplimiento. Además, participará en el seguimiento de los resultados de las evaluaciones practicadas en relación con mejor ejecución y documentación informativa (publicidad incluida). Otros temas horizontales en los que trabajará ESMA serán: a) los poderes de intervención de MiFIR; b) Distributed Ledger Technology; c) crowdfunding; d) asistencia técnica; e) desarrollo de un procedimiento para evaluaciones inter pares obligatorias (impuestas en la normativa EMIR, AIFMD y CSDR); y f) criterios para la selección de temas para las evaluaciones inter pares y los beneficios de estas evaluaciones por país.

El nuevo SCSC realizará un seguimiento sobre el grado de cumplimiento de este Programa, a la vez que participará en la definición de las prioridades supervisoras del Programa del año siguiente.

Por último, es importante destacar que el Plan de Acción de la Unión de los Mercados de Capitales de la Comisión Europea considera la convergencia supervisora como un tema esencial para alcanzar el objetivo formulado en su propuesta.

Para más información, ver el siguiente enlace de interés:
Programa de Trabajo sobre Convergencia Supervisora 2016